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miércoles, 22 de febrero de 2012

¿Desahucio o dación?

El Gobierno ha lanzado un globo sonda de intenciones relacionadas con la dación en pago: lo propone en casos excepcionales de ausencia de ingresos en la unidad familiar y como un código de buena conducta de las entidades bancarias. Ya de por sí, el marco jurídico legal en el que lo circunscribe el Gobierno es bastante indicativo de qué alcance le dan al problema: Lo ven como un problema financiero que atañe a los bancos y que conmueve a la Sociedad.


La posición del lado del ciudadano y de la ciudadana es diferente, y trataré de explicarla con muy pocas palabras: Actualmente, un impago hipotecario y su correspondiente desahucio es condenar al prestatario a vivir una cadena perpetua en la economía sumergida. Tal cual lo digo. Lo que las leyes penales de España no persiguen, lo consigue de una sola tacada un banco que gana una sentencia a su favor y en contra de un prestatario que no paga.

Actualmente, el banco se queda en su basta con la vivienda hipoteca, el prestatario sigue debiendo el préstamo. Debe además desalojar su hogar, irse de alquiler, porque le es negado de por vida cualquier otro crédito por muy mísero que sea. Debe además sustentarse. ¿Cuánto dinero va a necesitar esta persona mensualmente? El que no va a obtener hoy día en ningún empleo. ¿De qué manera prioritaria tiene que hacer frente a los pagos? Las que van por sentencias judiciales ocupan el primer el lugar.

Ninguna persona en condiciones normales puede soportar sobre su nómina tanta presión de pagos durante tantos años de forma consecutiva. Preferirá trabajar en la economía sumergida para poder decidir cómo gastar su dinero.

Medio millón de familias están actualmente amenazadas a cadena perpetua por posibles desahucios. ¿Qué opinarías al respecto de estar en esta situación?

Por eso es más lógica y socialmente aceptable la posición de los ciudadanos y ciudadanas: dación en pago, cancelación de la obligación financiera y alquiler social durante al menos cinco años donde se tenga en cuenta como tope máximo de alquiler un del 30% de los ingresos mensuales de la familia.

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