La Renta Básica Extremeña de Inserción ya está en vigor y podrá aliviar la situación de necesidad de miles de personas y familias extremeñas. Se han necesitado siete meses para que sea una realidad: en mayo se aprobó la Ley, la junta de Extremadura se ha preparado para ser capaz de atender las demandas y ya se ha aprobado el reglamento.
Sin quitar méritos a los promotores políticos de la Ley de Renta Básica Extremeña de Inserción, lo que verdaderamente importa ahora es que las ciudadanas y ciudadanos de Extremadura se apropien de la ley y tengan la oportunidad de tener un último recurso económico que permita atender las necesidades básicas y obligaciones económicas indispensables.
Recordemos que la Renta Básica Extremeña de Inserción es una prestación económica destinada a aquellas personas residentes en Extremadura que carecen de ingresos, que han agotado otro tipo de prestaciones económicas que le hubieran podido corresponder, que deben estar inscritas como demandantes en el Servicio Extremeño de Empleo y que se comprometan a llevar a cabo un itinerario acordado, e individual, de inserción laboral.
El primer paso para poder solicitarla es acudir a los Servicios Sociales del Ayuntamiento donde reside habitualmente. En los Servicios Sociales le darán detallada información y sobre todo evitarán que se cree falsas expectativas en las personas. Además, tendrá que acompañar la documentación que acredite que no posee ingresos ni forma de obtenerlo. Debe tener en cuenta que, una vez presentada la Solicitud, el Gobierno de Extremadura dispone de un plazo de hasta tres meses para resolver la petición. En caso de ser beneficiario de la Renta Básica, se la concederán por un periodo de seis meses renovables por otros tantos seis meses como sean necesarios.
Debe recordarse que la ayuda está destinada a cubrir necesidades básicas, como son las relacionadas con la alimentación, el pago de la luz, el agua y el gas. Además, los beneficiarios de la Renta Básica están exentos del copago farmacéutico y del canon del agua. Un compromiso inexcusable de sus beneficiarios es que no pueden rechazar las ofertas de empleo adecuadas a sus competencias formativas y profesionales, así como la obligación de asistir y no ausentarse del colegio los menores escolarizados.
La cuantía de las ayudas son diferentes en función de las condiciones de cada personal, variando entre 399,38€ y hasta un máximo de 718,00€.
Para conocer exactamente la cuantía que le corresponde se tendrá en cuenta el número de miembros de la unidad familiar o de convivencia, los ingresos de los demás miembros de la unidad familiar, si alguno de ellos tiene discapacidad y si tienen que hacer frente al pago de alquiler o hipoteca de la vivienda habitual.
Recuerde, el primer paso para poder solicitar la Renta Básica Extremeña de Inserción es acudir a los Servicios Sociales del ayuntamiento donde reside habitualmente. Allí le darán la completa información y asesoramiento que necesiten. Las asociaciones que forman la Red europea de lucha contra la pobreza y la exclusión social también podrán orientarle.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por su participación en este Blog